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TITULO:   Incremento 10% Convenios C/ Sec de Gobierno
DECRETO Nº 883/2014 FECHA: 25.07.2014 PUBLICADO: 31.07.2014 ARTICULO 1º.- Dispónese aplicar un incremento del Diez (10%) por ciento, establecido en el Decreto Nº 874/14, a los Convenios suscriptos por la Municipalidad de Concordia, Secretaría de Gobierno y Coordinación de Gabinete, correspondiente al personal del Departamento de Mayordomía, Dirección de Tránsito y Transporte, Área de Seguridad y vigilancia de Edificios y Bienes Municipales y Seguridad Turística respectivamente, que fueran ratificados mediante los Decretos nº 1.255/08, 1.261/08 y que se estableció su continuidad mediante los Decretos Nº 085/10, Nº 058/11, 119/12, 630/12 y 082/13 y cuyo incremento se efectuó mediante los Decretos Nº 629/12, 1.337/12, 1.948/12, 363/13 y 937/13, conforme al detalle de códigos e importes que se indican en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, con antelación y a partir del día 1º de julio de 2014.- ARTICULO 2º.- Lo dispuesto en la presente disposición, se dicta como excepción al Decreto Nº 444/11.- ARTICULO 3º.- Autorizase a la Dirección de Liquidaciones dependiente de la Secretaría de Economía y Hacienda, a realizar las liquidaciones pertinentes a todo personal municipal comprendido en la disposición dispuesta en el Artículo 1º del presente Decreto. ARTICULO 4º.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento y notificación, cumplimentado remitir a la Contaduría y Tesorería Municipal, para su intervención y demás efectos. ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ANEXO I a) Código Nº 568, con un monto de Pesos Seiscientos Veintidós con Cinco Centavos ($ 622,05.-), Cláusula Tercera con el personal del Seguridad y vigilancia de Edificios y Bienes Municipales, ratificados mediante Decreto Nº 1.261/08.- b) Convenio con el Personal de la Dirección de Tránsito y Transporte, conforme Cláusula Tercera inciso a) que fuera ratificado mediante Decreto 1.261/08, Código Nº 144 de Pesos Un Mil Quinientos Dieciocho con Veintiséis Centavos ($ 1.518,26.-) e inciso b) Código Nº 380 de Pesos Trescientos con Sesenta y Nueve Centavos ($ 300,69.-) respectivamente.- c) Código Nº 107 que se abona el Personal del Departamento de Seguridad Turística, conforme a lo previsto en el convenio, Cláusula Quinta ratificada mediante Decreto Nº 1.261/08, de Pesos Mil Cuatrocientos Setenta y Un Centavos ($ 1.474,71.-).- d) Código Nº 587 que se abona al personal de Mayordomía por las tareas de Limpieza y Salubridad, de Pesos Tres Cientos Ochenta y Cinco ($ 385.-) e inciso b) código Nº 588, por las tareas de Vigilancia y Seguridad nocturna , de Pesos Doscientos Setenta y cinco ($ 275.-).-
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