TITULO: Incremento 10% Convenios Sec. de Salud y Medio Ambiente
DECRETO Nº 1920/2012
FECHA: 24.10.2012
PUBLICADO: 25.10.2012
ARTICULO 1º.- Dispónese un incremento del Diez por ciento (10%), en las sumas estipuladas oportunamente en los Convenios que establecen montos fijos, a percibir por los Agentes de la Administración Pública Municipal dependientes de las distintas Dependencias de la Secretaría de Salud y Medio Ambiente a partir del 1º de septiembre de 2012, en virtud de lo expresado en los Considerandos precedentes.
ARTICULO 2º.- Establécese que los Convenios alcanzados por la presente disposición son los que a continuación se detallan.
-Convenio personal de la Dirección de Especialidades Médicas y Dirección de Atención Primaria de la Salud-
· Enfermeros: PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($941,92).
· Administrativos: PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON VEINCINCO CENTAVOS ($749,25).
· Ordenanzas: PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($642,24).
-Convenio personal de la Dirección de Especialidades Médicas, Centro de Salud Benito Legeren y Centro de Salud Villa Zorraquin-
· Chóferes de Ambulancias: PESOS UN MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE CON TREINTA CENTAVOS ($1189,30).
· Camilleros: PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y DOS CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($792,87).
-Convenio personal de la Dirección de Especialidades Médicas-
· Radio operadores: PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON VEINTICINCO CENTAVOS ($749,25).
-Convenio personal de la Dirección de Discapacidad y Adultos Mayores-
· Chóferes: PESOS UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($1281,75).
· Acompañantes: PESOS QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($569,67).
-Convenio personal de la Dirección de Saneamiento Ambiental-
· Código 345: TRESCIENTOS NOVENTA CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($390,32).
· Código 332: SETECIENTOS TREINTA Y CINCO CON CATORCE CENTAVOS ($735,14)
ARTICULO 3º.- Dispónese que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, serán imputados a las partidas correspondientes del presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio Económico de 2012.
ARTICULO 4º.- Exceptuase la presente medida de los dispuesto mediante Decreto Nº 444/2.011.
ARTICULO 5º.- Remítase a la Dirección de recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación. Cumplimentando, envíese copia autenticada a la Dirección de Liquidaciones de la Secretaría de Economía y Hacienda a los fines de su liquidación.
ARTICULO 6º.- Comuníquese, regístrese, dése a la Secretaría de Gobierno y Coordinación de Gabinete y archívese.